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Milans del Bosch & ITL, Abogados y Asesores Tributarios

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¿Qué es la equidad?

miércoles, 01 marzo 2017 by Milans del Bosch & ITL

Antes de que se refiriera a ella el artículo 3 del Código Civil; como medio de evitar injustas consecuencias legales, Aristóteles se refirió a la equidad en su gran obra «Moral a Nicomaco» -cuya lectura estoy disfrutando- diciendo:

«…lo equitativo siendo lo justo, no es lo justo legal, lo justo según la ley; sino que es una dichosa rectificación de la justicia rigurosamente legal. La causa de esta diferencia es, que la ley necesariamente es siempre general, y que hay ciertos objetos sobre los cuales no se puede estatuir convenientemente por medio de disposiciones generales.

… lo equitativo es también justo, y vale más que lo justo en ciertas circunstancias, no más que lo justo absoluto, pero es mejor al parecer que la falta que resulta de los términos absolutos que la ley se vio obligada a emplear. Lo propio de lo equitativo consiste precisamente en restablecer la ley en los puntos en que se ha engañado, a causa de la fórmula general de que se ha servido. Lo que hace también que no pueda ejecutarse todo en el Estado por medio sólo de la ley, es que para ciertas cosas es absolutamente imposible dictar una ley; y por consiguiente que es preciso recurrir a un decreto especial. Tratándose de cosas indeterminadas, la ley debe permanecer indeterminada como ellas, igual a la regla de plomo de que se sirven en la arquitectura de Lesbos; la cual, como es sabido, se amolda y se acomoda a la forma de la piedra que mide y no queda rígida; pues de este modo el decreto especial se acomoda a los diversos negocios que se presentan».

Texto: Santiago Milans del Bosch

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Desayuno jurídico en el Centro Universitario Villanueva

martes, 28 febrero 2017 by Milans del Bosch & ITL

La mañana del 28 de febrero ha tenido lugar en el Centro Universitario Villanueva un ‘desayuno jurídico’ con profesores y alumnos de Derecho que cursan ahí sus estudios en el que ha intervenido el director de Milans del Bosch Abogados impartiendo una ponencia que llevaba por título «Cuestiones jurídicas controvertidas sobre la llamada Ley de Memoria Histórica» a la luz de diversos pronunciamientos judiciales que han puesto en solfa la aplicación de la ley y el abuso que se hace bajo su amparo para modificar hechos de la historia de España.

Santiago Milans del Bosch expuso con criterio jurídico el alcance del articulado más controvertido a la luz de la ‘jurisprudencia menor’ y  contestó, tras su intervención, muchas preguntas de los asistentes, lo que denotaba el interés en dicha materia.

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El deber de secreto profesional del abogado y la obligación de informar en materia de blanqueo de capitales

miércoles, 15 febrero 2017 by Milans del Bosch & ITL

La conocida como ‘Cuarta Directiva’ (en materia de prevención de blanqueo de capitales) -Directiva 2015/849, del Parlamento europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015- tiene este año la fecha de caducidad para que se proceda por los Estados miembros a su trasposición y así dar cumplimiento a lo establecido en la misma, entre otras cosas la posibilidad de que los Estados miembros designen un organismo autoregulador de la actividad profesional del abogado como medio -y autoridad- que deba recibir la información pertinente para dar cuenta, en los casos que proceda, al SEPBLAC, que en la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo se denomina Órgano Central de Prevención (OCP), sólo exigible, hoy por hoy, con carácter obligatorio a los notarios y los registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles.

El OCP de la Abogacía sería el organismo autoregulador de los abogados en su actividad profesional, en los supuestos en que es sujeto obligado de la normativa antiblanqueo, y permitiría, conforme a la doctrina del TEDH -sentencia de 6 de diciembre de 2012, caso Michaud c. Francia-, no vulnerar el deber de secreto del abogado, al servir de filtro respecto al deber de informar, que se haría no directamente por el abogado sino a través de un órgano intermedio encargado de recibir y redactar, una vez examinadas las comunicaciones efectuadas por los abogados, la información a remitir, en su caso, al SEPBLAC.

La trasposición de la Cuarta Directiva este año supondrá una modificación de la ley 10/2010 y de su reglamento de desarrollo. Buena oportunidad para regular el OCP de la Abogacía en 2017, colectivo de profesionales que tanto tenemos que decir en materia de defensa de los derechos humanos, en particular del derecho de defensa, y como colaboradores con la Administración de Justicia en su más amplia aceptación, en la lucha contra la nueva criminalidad económica.

Texto: Santiago Milans del Bosch

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La no prescripción del terrorismo, delito internacional por violación de los derechos humanos

martes, 24 enero 2017 by Milans del Bosch & ITL

El terrorismo engloba un cúmulo de actuaciones -legalmente previstas- que atentan gravemente contra los derechos humanos, lo que merece su consideración como delitos de derecho internacional, según los tratados e instrumentos de derecho internacional vinculantes para España, entre los que se incluyen el derecho consuetudinario internacional en materia de derechos humanos.

La Asamblea General de Naciones Unidas aprobó los Principios y Directrices Básicos Sobre el Derecho de las Víctimas de Violaciones de las Normas Internacionales de Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario a Interponer Recursos y Obtener Reparaciones, entre los cuales se incluyen disposiciones en relación con la imprescriptibilidad de las acciones derivadas de graves violaciones a los derechos humanos (Resolución 60/147 aprobada por la Asamblea General el 16 de diciembre de 2005). Se trata de una norma imperativa (de ius cogens) aplicable todos los Estados con independencia de que se regule de forma positiva en los códigos internos dicha imprescriptibilidad o la marcación de un plazo determinado de prescripción.

Dice así la citad Resolución:
“Cuando así se disponga en un tratado aplicable o forme parte de otras obligaciones jurídicas internacionales, no prescribirán las violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos ni las violaciones graves del derecho internacional humanitario que constituyan crímenes en virtud del derecho internacional”.
Es evidente que según la costumbre internacional aquellos actos que atenten gravemente contra los derechos humanos son considerados crímenes/delitos internacionales, donde los límites temporales a su persecución no son aplicables a efectos de evitar la impunidad como garantía del derecho de la víctima a la Justicia Efectiva y reparación, puesto que la comunidad internacional no puede, ni debe, olvidar este tipo de execrables actos.

Texto: Santiago Milans del Bosch

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Fin de la ‘vacatio legis’ de la Cuarta Directiva y el OCP de la Abogacía

miércoles, 18 enero 2017 by Milans del Bosch & ITL

Artículo de Santiago Milans del Bosch en el blog Prevención Blanqueo de Capitales de la página web del Consejo General de la Abogacía Española: «Fin de la ‘vacatio legis’ de la Cuarta Directiva y el OCP de la Abogacía»

La conocida como ‘Cuarta Directiva’ en materia de prevención de blanqueo de capitales -cuyo título oficial resulta largo y tedioso: “Directiva 2015/849, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, y por la que se modifica el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo y se deroga la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 2006/70/CE de la Comisión”- tiene este año la fecha de caducidad (“a más tardar el 26 de junio de 2017”) para que se proceda por los Estados miembros a su trasposición y así dar cumplimiento a lo establecido en la misma.

A estos efectos, la propia Directiva prevé en su artículo 67 que los Estados miembros habrán de comunicar a la Comisión el texto de las medidas legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la Cuarta Directiva, que ha gozado de una vacatio legis de más de dos años, tiempo que se considera más que suficiente para dicha trasposición.

En este enlace puede leer el artículo completo

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Noticias que nos gusta leer

lunes, 16 enero 2017 by Milans del Bosch & ITL

Artículo en Libertad Digital: «Noticias que nos gusta leer»

Hay noticias buenas y otras que te llenan. Hay noticias que gusta leer porque se elevan de la pura información y tendrían que repetirse todos los días.

Hay noticias que son «esto ha cambiado», por ejemplo, «te ha tocado la lotería» o «has encontrado un buen trabajo» y otras que son «esto va a cambiar», cuando dibujan el comienzo de algo esperanzador. Estas últimas te producen una sensación de cosquilleo emocionante que desborda lo personal y te reconcilian con los valores supremos de este mundo. «La Audiencia Nacional reabre un asesinato etarra 38 años después» es la noticia.

En este enlace puede leer el artículo completo

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La Fundación Villacisneros logra que se reabra el sumario del asesinato etarra de un guardia civil y su novia, cometido en 1979

domingo, 15 enero 2017 by Milans del Bosch & ITL

El Guardia Civil Antonio Ramírez , de 24 años y su novia Hortensia González, de 20, fueron ametrallados en Beasain cuando salían de una sala de fiestas la noche de Reyes. A los dos meses de cometerse el doble crimen, el sumario fue sobreseido por ‘falta de autor conocido’ y nunca más se volvió a investigar.

A principios del año 2016, la Fundación Villacisneros, entidad privada comprometida con el apoyo a las víctimas del terrorismo, decidió poner en marcha el ‘Proyecto Dignidad’, una iniciativa cuyo principal objetivo es contribuir a que se respete y se proteja la memoria de las víctimas y ayudar a que obtengan la justicia que merecen. Tras analizar los datos de los más de 300 asesinatos cometidos por ETA que se encuentran sin resolver, a partir de investigaciones realizadas por COVITE, la AVT y la Fundación de Víctimas del Terrorismo, así como por la propia Audiencia Nacional, la Fundación Villacisneros consideró que era necesario trabajar para que no quedasen impunes por lo que firmó un convenio con el despacho jurídico Milans del Bosch Abogados para iniciar un largo proceso de petición de reaperturas de sumarios sobreseídos “por falta de autor conocido”, tanto declarados prescritos como no declarados prescritos.

El 12 de octubre de 2016, el despacho Milans del Bosch presentó ante el juez el primero de los escritos de solicitud de reapertura fruto de esta iniciativa. Se trata del sumario del asesinato de la joven Hortensia González cometido hace ya 38 años, personándose como acusación particular en nombre de su hermana Aurora González. En el escrito se argumentó que el terrorismo es un delito internacional, que como tal es imprescriptible y que el Estado tiene la obligación de investigar ya que las víctimas tienen el derecho a la tutela judicial efectiva de los tribunales de justicia ante los delitos más graves del derecho internacional.

En el escrito también se señala que el artículo 96.1 de la Constitución determina que las resoluciones internacionales en las que España participe quedan automáticamente incorporadas a nuestro Derecho interno. Puesto que España ha firmado todos los convenios internacionales contra el terrorismo está obligada a cumplir sus preceptos. Igualmente, resalta que existe una norma de ius cogens en la sociedad internacional consistente en que el terrorismo y sus actos son de los más graves, atentan directamente contra la esencia del ser humano y su impunidad no es concebida por la costumbre internacional y cualquier formulación de menoscabar o cercenar ese bien jurídico, atenta directamente contra una norma imperativa internacional.

Para terminar, desde Milans del Bosch Abogados nos congratula poder recopilar las informaciones que los medios de comunicación han publicado haciéndose eco de la noticia, que sin duda representa una victoria para la sociedad:

  • Noticias que nos gusta leer. Iñaki Arteta (Libertad Digital)
  • Gracias, Proyecto Dignidad. Carlos Herrera-El Burladero (La Voz de Cádiz)
  • Contra la resignación. Hermann Tertsch (ABC)
  • Reabren el asesinato etarra de los novios de Cádiz 38 años después (Libertad Digital)
  • La Audiencia reabre el asesinato de «los novios de Cádiz» 38 años después (Canal Sur)
  • La Audiencia Nacional reabre el caso de «los novios de Cádiz», asesinados por ETA (Diario de Cádiz)
  • La Audiencia Nacional reabre un atentado de ETA de 1979 sin resolver para averiguar su autoría (EcoDiario-El Economista)
  • Reabren el asesinato de ETA a un guardia civil gaditano y su pareja (Andalucía Información)
  • Un juez reabre el caso de los ‘novios de Cádiz’ que mató ETA (Diario de Sevilla)
  • La fundación Villacisneros logra reabrir el crimen de ETA de los ‘novios de Cádiz’ en 1979 (Actuall)
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Los despachos de abogados y la formación en prevencion del blanqueo de capitales

jueves, 20 octubre 2016 by Milans del Bosch & ITL

Artículo de Santiago Milans del Bosch en el blog Prevención Blanqueo de Capitales de la página web del Consejo General de la Abogacía Española: Los despachos de abogados y la formación en prevención del blanqueo de capitales

El abogado está -ha de estar- en permanente formación, no solo por el cambio normativo constante de la sociedad moderna sino por la abundante legislación que pesa sobre la ciudadanía y la variada jurisprudencia que se desarrolla en aplicación de las normas.

En materia de PBC existe, en lo que a la formación de los abogados se refiere, un especial deber o, si se quiere, una concreta obligación cuyo incumplimiento acarrea responsabilidad administrativa -tipificada en la Ley 10/2010, de 28 de abril, de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo (LPBCFT) como infracción grave-. Obligación legal exigible, claro es, cuando el abogado es sujeto obligado, es decir, en los supuestos contemplados en el art. 2 ñ) LPBCFT.

En este enlace puede leer el artículo completo

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Milans del Bosch: «Hay un abuso político de la Ley de la Memoria Histórica»

jueves, 13 octubre 2016 by Milans del Bosch & ITL

Entrevista en Expansión. Milans del Bosch: «Hay un abuso político de la Ley de la Memoria Histórica»

Tres décadas de experiencia profesional al más alto nivel hacen de Santiago Milans del Bosch un espectador privilegiado de la actualidad política y jurídica, que, a su juicio, aún tiene que madurar para acabar con los «abusos de poder del aparato administrativo», una de las especialidades del bufete, Milans del Bosch Abogados, que fundó hace tan sólo seis meses.

Para el socio de honor de Cuatrecasas, donde estuvo 17 años ligado al área de penal-administrativo, existe un «abuso político en la implantación de la Ley de la Memoria Histórica», ya que no se está respetando ni la literalidad ni el sentido de esta norma.

En este enlace puede leer el artículo completo

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Nace Lawsafe, una plataforma para asesorar a las pymes en cumplimiento normativo

jueves, 06 octubre 2016 by Milans del Bosch & ITL

Artículo en Confilegal: Nace Lawsafe, una plataforma para asesorar a las pymes en cumplimiento normativo 

Ofrecer un modelo de prevención del delito propio a las pymes y empresas familiares de segunda y tercera generación es el objetivo de la puesta en marcha de Lawsafe, una plataforma legal en la que han unido fuerzas los penalistas Javier Moncholi y Santiago Milans del Bosch, el civilista y mercantilista Juan Antequera y el experto en temas societarios y tributarios Arturo Pérez.

Tras la última reforma del 2015, los abogados han visto en el cumplimiento normativo, un nicho de mercado evidente para ofrecer asesoramiento preventivo a empresas de todo tipo. En el caso de Lawsafe, nueva sociedad profesional al margen de sus respectivos despachos, estos cuatro juristas mantienen relación profesional desde hace años y ahora vieron la oportunidad de lanzar esta marca al mercado.

En este enlace puede leer el artículo completo

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