Si un juez contencioso-administrativo acuerda la medida cautelar de suspensión del acto administrativo recurrido, ¿está obligado a exigir una caución?
No. No existe tal obligación. Cuando el órgano judicial contencioso-administrativo acuerda la adopción de una medida cautelar solicitada por el recurrente, no está obligado a exigir a éste una caución, sino solo cuando lo hubiere solicitado la Administración y pudieran derivarse perjuicios de cualquier naturaleza hacia ella como consecuencia de la medida acordada. El artículo 133 LJCA es claro al respecto, otorgando un amplio margen de apreciación al órgano jurisdiccional, que debe valorar la conveniencia de establecer la garantía en cada caso, conciliando y ponderando todos los intereses que estén afectados de la contienda judicial y sean dignos de protección provisional, sin perder de vista que la finalidad de la caución es evitar los perjuicios que se pudieran derivar de la medida cautelar.
La ponderación por parte del órgano judicial sobre la procedencia de prestar o no caución es el medio de asegurar la efectividad del cobro por la Administración en caso de que la pretensión de fondo se viese rechazada cuando se dicte sentencia. Si las garantías a establecer tienen como finalidad preservar a la Administración de los perjuicios derivados de la adopción de la medida, preciso se hace valorar todas las circunstancias (sin descartar la referida a la posición económica de la parte recurrente).
Texto: Santiago Milans del Bosch
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Somos parte del 0,95 por cien
El presidente del Tribunal Constitucional, Excmo. Sr. D. Juan José González Rivas, con motivo de la apertura del Año Judicial 2017, hizo entrega a Su Majestad el Rey de la Memoria correspondiente a 2016 en el que, en relación con los recursos de amparo, por vulneración de los derechos fundamentales, recogía datos especialmente llamativos: durante 2016 sólo se admitieron a trámite 67 recursos de amparo y se dictaron dos autos y 7.026 providencias de inadmisión.
Siete providencias de inadmisión fueron revocadas al estimarse los correspondientes recursos de súplica promovidos por el Ministerio Fiscal (única parte que puede recurrir las inadmisiones de plano), de modo que del total de decisiones sobre admisión adoptadas a lo largo del año en materia de amparo (7.088) solo el 0,95 por 100 dio lugar a la tramitación de los recursos para su posterior resolución por sentencia y el restante 99,05 por 100 supuso la inadmisión del recurso.
Cuando lo ilógico afecta de forma tan descaradamente desproporcionada a los derechos fundamentales y a la doctrina del Tribunal Constitucional respecto de los mismos, como ocurrió con la sentencia del Tribunal Supremo sobre el «caso Blanquerna», que cuadruplicó, sin vista pública ni audiencia de los condenados en la instancia, las penas impuestas en su día por la Audiencia Provincial de Madrid, lo lógico es que es que el recurso de amparo sea admitido, dada la especial trascendencia constitucional argüida. Esto es lo que ha acontecido por parte del TC que, en este caso, ha acordado la admisión de varios recurrentes de amparo, con diferentes direcciones letradas, habiendo, incluso, acordado en el día de ayer la suspensión de la ejecución de la condena impuesta por el TS.
En MILANS DEL BOSCH ABOGADOS reconforta que el trabajo profesional bien hecho nos haga ser parte de los 0,95 por cien de amparos admitidos a trámite. Y esto, para bien del justiciable, de los ciudadanos y, sobre todo, de la defensa de los derechos humanos.
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“Activan el juicio de Los Tarajales al renunciar a la estafa agravada”
Artículo en El Día: “Activan el juicio de Los Tarajales al renunciar a la estafa agravada”
Los representantes de Isla Bonita e Inversiones Insulares Coco, que ejercen la acusación junto al Ministerio Fiscal en el caso de Los Tarajales, han presentado un escrito ante el Juzgado de lo Penal número 7 de Santa Cruz de Tenerife por el que renuncian al ejercicio de la acción penal por estafa agravada, lo que permitirá activar de nuevo y con todos la celeridad el juicio suspendido el pasado día 2 de noviembre.
La juez titular del Penal número 7, desplazado al Juzgado de Los Llanos de Ariadne, acordó suspender el pleito en el trámite de cuestiones previas formuladas al inicio del juicio oral precisamente por dudas competenciales a la hora de juzgar a los acusados por estafa agravada, delito que previsiblemente debería ser abordado por la Audiencia Provincial con un nuevo retraso de la causa.
En este enlace puede leer la entrevista completa
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“He perdonado a los terroristas pero la justicia debe castigarlos”
Artículo en ABC: “He perdonado a los terroristas pero la justicia debe castigarlos”
Para María Jesús González la reapertura de la causa es “un gran triunfo”. Narra a ABC que quiere saber quiénes cometieron el atentado que la mutiló a ella y a su hija Irene “no para vengarme” sino “para que se haga justicia”.
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Más de trescientas víctimas y familiares del terrorismo etarra pendientes de la reapertura de su asunto
Entrevista a Santiago Milans del Bosch en Confilegal: “Más de trescientas víctimas y familiares del terrorismo etarra pendientes de la reapertura de su asunto”
Hace unos días conocíamos el auto del 25 de octubre del 2017 del juez Fernando Andreú que señalaba la reapertura del sumario 23/92 que se instruía en el Juzgado número 4 de Instrucción de la Audiencia Nacional sobre el atentado del 17 de octubre de 1991 en Madrid. Aquel en el que resultaron heridas de gravedad María Jesús González, agente de la Policía Nacional, y su hija Irene Villa, de 13 años.
Ese mismo día hubo otros dos atentados en la capital de España. Ahora el acuerdo entre Fundación Villacisneros y el despacho Milans del Bosch Abogados va a permitir que se vuelvan a investigar más de 300 atentados con resultado de muerte y que están sin aclarar aún.
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Reabren el caso del atentado de Irene Villa
Artículo en Libertad Digital: “Reabren el caso del atentado de Irene Villa”
El Juzgado Central de Instrucción nº 4 ha dictado un auto en virtud del cual acuerda la reapertura del atentado terrorista que tuvo lugar en Madrid el 17 de octubre de 1991, en el que resultaron gravemente heridas María Jesús González Gutiérrez y su hija, Irene Villa.
Ese día, la organización terrorista ETA sembró nuevamente el pánico en la población civil en Madrid. Tres artefactos adosados a otros tantos automóviles estallaron a partir de las ocho de la mañana en el barrio de Aluche. La primera bomba mató al teniente Francisco Carballar Muñoz, de 47 años. La segunda, que estalló a unos 500 metros y frente a dos colegios, causó heridas muy graves a la funcionaria de la comisaría de Los Cármenes María Jesús González Gutiérrez, de 40 años, y a su hija Irene Villa, de 13, que perdió ambas piernas. El tercer artefacto causó graves heridas al comandante del Ejército Rafael Villalobos, de 38 años, y a su hermana.
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La Audiencia Nacional reabre el caso de Irene Villa
Artículo en El Diario Vasco: “La Audiencia Nacional reabre el caso de Irene Villa”
El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha ordenado la reapertura del sumario del atentado perpetrado por ETA el 17 de octubre de 1991 en Madrid, en el que resultaron heridas de gravedad María Jesús González, funcionaria de la Policía Nacional, y su hija Irene Villa, de 13 años. La joven perdió las dos piernas. Es uno de los 300 atentados de la banda terrorista que está sin resolver.
El magistrado ha acordado, tras el informe favorable de la Fiscalía, que el Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional le remita un dossier contenido en otro sumario que podría contribuir a esclarecer el atentado.
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La Audiencia reabre el sumario del atentado en 1991
Artículo en El Diario de León: “La Audiencia reabre el sumario del atentado en 1991”
El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha ordenado la reapertura del sumario del atentado perpetrado por ETA con un coche bomba el 17 de octubre de 1991 en Madrid en el que resultaron heridas de gravedad María Jesús González, agente de la Policía Nacional, y su hija Irene Villa, de 13 años. Según adelantó el diario ABC y confirmaron fuentes del despacho de abogados Milans del Bosch, el magistrado ha acordado, que el Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional le remita un informe. | Efe
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La Audiencia Nacional reabre el sumario del atentado a Irene Villa
Artículo en El Español: “La Audiencia Nacional reabre el sumario del atentado a Irene Villa”
El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha ordenado la reapertura del sumario del atentado perpetrado por ETA con un coche bomba el 17 de octubre de 1991 en Madrid en el que resultaron heridas de gravedad María Jesús González, agente de la Policía Nacional, y su hija Irene Villa, de 13 años.Según han confirmado a Efe fuentes del despacho de abogados Milans del Bosch y la fundación Villacisneros que asiste a González, el magistrado ha acordado, tras el informe favorable de la Fiscalía, que el Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional le remita un informe contenido en otro sumario que podría contribuir a esclarecer el atentado aún sin resolver.
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«Si tengo odio no voy a ser feliz», dice la madre de Irene Villa ante la reapertura del caso
Artículo en Actuall: “’Si tengo odio no voy a ser feliz’ dice la madre de Irene Villa ante la reapertura del caso”
Hace más de 25 años el terrorismo de ETA marcaba para siempre las vidas de Irene Villa, de 12 años, y su madre, María Jesús González. Ambas quedaron gravemente heridas cuando estalló una bomba adosada al coche en el que iban camino del colegio. Irene perdió las dos piernas y tres dedos de una mano.
Ahora, González relata en el diario ABC que la reapertura del caso “es un gran triunfo” puesto que estaba “todo archivadísimo”.
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