Circulares de la F.G.E. núms. 1-2-3-4 y 5/2019
- Circular 1/2019, sobre disposiciones comunes y medidas de aseguramiento de las diligencias de investigación tecnológica en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que se corresponde con las Disposiciones comunes a la interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas, la captación y grabación de las comunicaciones orales mediante la utilización de dispositivos electrónicos, la utilización de dispositivos técnicos de seguimiento, localización y captación de la imagen, el registro de dispositivos de almacenamiento masivo de la información y los registros remotos sobre equipos informáticos y las Medidas de aseguramiento;
- Circular 2/2019, sobre la interceptación de comunicaciones telefónicas y telemáticas;
- Circular 3/2019, sobre captación y grabación de comunicaciones orales mediante la utilización de dispositivos electrónicos;
- Circular 4/2019, sobre utilización de dispositivos técnicos de captación de la imagen, de seguimiento y de localización; y
- Circular 5/2019, sobre registro de dispositivos y equipos informáticos, que tiene por objeto la regulación del Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de la información y Registros remotos sobre equipos informáticos.
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Sobre la disolución de las Cortes publicada el 5 de marzo de 2019
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este martes 5 de marzo el Real Decreto 129/2019, de 4 de marzo, de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de elecciones (que tendrán lugar el próximo domingo 28 de abril).
Según la Constitución es el Rey quien decreta formalmente la disolución, de conformidad con lo previsto en el artículo 62.b CE -“Corresponde al Rey… convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos previstos en la Contrición”-. Por eso, la disolución aparece publicada en el BOE como Real Decreto.
La disolución del Parlamento pone fin anticipado a este órgano representativo, decayendo todos sus procedimientos legislativos en curso, facultades y prerrogativas.
De acuerdo con la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General (LOREG) el número de diputados y senadores a elegir en la próxima convocatoria debe recogerse en el RD de disolución.
En este sentido, el artículo 3 de este establece que “en aplicación del artículo 162 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, el número de Diputados correspondiente a cada circunscripción es el que se acompaña en el anexo” (350 diputados) correspondiendo a cada circunscripción provincial cuatro Senadores y con la especificidades extrapeninsulares: “en las circunscripciones insulares se eligen tres en Gran Canaria, Mallorca y Tenerife, y uno en Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma; y a las poblaciones de Ceuta y Melilla: cada una de ellas dos Senadores”. Respecto al Senado, el 28 de abril se decidirá el nombre de los que ocuparán los 208; los 56 restantes son senadores de designación autonómica.
La campaña electoral queda reglamentada por el artículo 4 de este RD, en el que se establece que durará 15 días: comenzará a las cero horas del viernes 12 de abril y finalizará a las 24 horas del viernes 26 de abril.
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Santiago Milans del Bosch colabora como profesor en la UCAV
Nuestro socio director, Santiago Milans del Bosch, ha colaborado como profesor del Máster de Acceso a la Abogacía, impartiendo la asignatura “Práctica contencioso-administrativa”, organizado por la Universidad Católica de Ávila (UCAV).
La materia la conoce por su actual trabajo como abogado y, antes de pedir la excedencia en la Carrera judicial, como magistrado especialista de lo contencioso-administrativo.
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Santiago Milans del Bosch participa como profesor en un Máster del ISDE Law Business School
Entre las especialidades de MILANS DEL BOSCH ABOGADOS, está el derecho penal administrativo y el derecho penal económico, que ejercemos como abogados y como profesores.
El abogado Santiago Milans del Bosch ha participado como profesor del Máster en Asesoría Fiscal y especialización tributaria internacional, organizado por el Instituto Superior de Derecho y Economía (ISDE) Law Business School impartiendo la asignatura “Blanqueo y delito fiscal”.
Nuestro socio director, que es miembro de la Subcomisión de Prevención de blanqueo de capitales del Consejo General de la Abogacía Española, hizo un exhaustivo análisis de la jurisprudencia sobre la materia, partiendo de la sentencia del Tribunal Supremo de 5 de diciembre de 2012 -y su importante voto particular- recaída en el conocido como “caso Ballena blanca”, que concluyó que la cuota defraudada en los delitos fiscales constituye un “bien” en el sentido del artículo 301 del Código penal, al tipificar el blanqueo de capitales como delito, exponiendo, igualmente, las novedades introducidas por la Directiva 2018/843, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo (conocida como la Quinta Directiva) y por el Real Decreto-ley 11/2018, de 31 de agosto, que modifica la Ley 10/2010, de 28 de abril, de Prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo al trasponer al ordenamiento jurídico español la referida Quinta Directiva.
En MILANS DEL BOSCH ABOGADOS consideramos que la formación y actualización jurídica es fundamental en los abogados, para contribuir a hacer una sociedad más justa.
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Nota aclaratoria de Milans del Bosch Abogados
Ante la noticia publicada en un medio periodístico, desde Milans del Bosch Abogados queremos aclarar los siguientes puntos:
- El abogado Santiago Milans del Bosch no ha recibido ningún encargo de la Fundación Francisco Franco para “poner en marcha las medidas legales y judiciales necesarias para frenar los planes anunciados por el Gobierno de Pedro Sanchez” ni encabeza ningún equipo jurídico relacionado con las batallas judiciales emprendidas o que se puedan emprender respecto a la pretendida exhumación de los restos de Francisco Franco
- En la actualidad -y desde hace varios meses-, Santiago Milans del Bosch no ejerce la defensa del Sr. D. Eduardo Zaplana, ni el despacho por él dirigido lleva la defensa de ninguno de los investigados en el llamado caso Erial, habiendo otorgado la venia a un nuevo abogado hace cinco meses.
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Memoria anual 2018 de Milans del Bosch Abogados
«Un año más, lo que pareció ser un sueño, ha demostrado ser una realidad viva. MILANS DEL BOSCH ABOGADOS se afianza como despacho con la misma ilusión que impregnó su fundación y puesta en marcha: la de crear un despacho que, además de suponer para cada uno de sus integrantes un medio digno de ganarse la vida como juristas, suponga la asunción con profesionalidad de los asuntos encomendados sin importar nada más que la defensa de los derechos e intereses del cliente sin temer al adversario –al que siempre tratamos con respeto y consideración– por poderoso que sea y haciendo caso omiso a quienes vierten criticas sin sentido, respecto de las que no perdemos el tiempo en atender. Estamos orgullosos de nuestro ADN fundacional y de la defensa de la ética en nuestra profesión y, ante la sociedad, de la defensa de los derechos humanos, de todos los derechos humanos, hasta sus últimas consecuencias.
Durante 2018, el equipo de MILANS DEL BOSCH ABOGADOS ha crecido no solo en componentes sino en experiencia y capacidad; y esto lo demuestra no solo los reconocimientos de Directorios internacionales (Whoswholegal, Bestlawyer, etc) en distintas prácticas y especialidades jurídicas sino el aumento de asuntos y de clientes, la fidelización de estos y la confianza depositada por quienes cuentan con nosotros para colaboraciones e intervenciones tanto en la jurisdicción española como ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Desde esta atalaya, ubicada en lo más alto del edificio Lima, en la principal arteria de la villa de Madrid, en el Paseo de la Castellana, os deseamos un feliz y próspero 2019 y os presentamos esta reseña de nuestra Memoria del año y ejercicio recién terminado».
Santiago Milans del Bosch
Desde Milans del Bosch Abogados queremos compartir la memoria del año 2018 del despacho, donde se recogen todas las notas de prensa y artículos publicados por los miembros de este equipo, así como las apariciones que hemos tenidos en los medios de comunicación:
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Cena de Navidad en familia
Un año más, en MILANS DEL BOSCH ABOGADOS, hemos dado la bienvenida a las fiestas de Navidad con una “cena de empresa”, en familia, donde no podía faltar, tras un un agradable rato con sus risas y “buen rollo”, esta divertida foto de grupo que publicamos con nuestros mejores deseos de Paz y Amor.
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WWL Business Crime Defence
Nos complace comunicar a todos nuestros seguidores y amigos que un año más nuestro socio director SANTIAGO MILANS DEL BOSCH ha sido reconocido como uno de los nueve nominados en toda España dentro de la especialidad derecho penal económico (de empresa) por el Directorio internacional WWL Business Crime Defence, que le ha destacado en razón a su “conocimiento, independencia, análisis e investigación jurídica”.
Todo el equipo de MILANS DEL BOSCH ABOGADOS quiere compartir esta importante noticia.
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Reglamento relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de los datos personales
Hoy 21 de noviembre se ha publicado en el DOUE el REGLAMENTO (UE) 2018/1725 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de octubre de 2018 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE
En el presente Reglamento se establecen las normas relativas a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de los datos personales por las instituciones y organismos de la Unión y las normas relativas a la libre circulación de dichos datos entre ellos o entre ellos y destinatarios establecidos en la Unión y se protegen los derechos y libertades fundamentales de las personas físicas y, en particular, su derecho a la protección de los datos personales.
El citado Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación. Por su interés se adjunta link del mismo
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Novedades jurídicas de interés
El TJUE ha hecho público que a partir del 1 de diciembre de 2018, el envío y la recepción de documentos judiciales entre los representantes de las partes y el TGUE se harán exclusivamente a través de la aplicación «e-Curia». Con esta evolución se pretende obtener el máximo beneficio de la inmediatez de las comunicaciones por vía electrónica y optimizar la gestión de los asuntos. Una aplicación informática, denominada «e-Curia» y común a los órganos jurisdiccionales que componen el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, permitirá presentar y notificar escritos procesales por vía electrónica. Los beneficios obtenidos de la inmediatez del envío de documentos por vía electrónica y el aumento de eficacia conseguido al abandonar la gestión mixta de los documentos (en papel y en formato digital) han impulsado al TGUE a proseguir el proceso de desmaterialización de sus procedimientos.
Se adjunta el link que contiene la Decisión del Tribunal de Justicia, de 16 de octubre de 2018, sobre la presentación y notificación de escritos procesales a través de la aplicación e-Curia publicada en el DOUE de 20 de noviembre de 2018.
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