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Milans del Bosch & ITL, Abogados y Asesores Tributarios

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Milans del Bosch Abogados continúa creciendo y amplía su equipo con la incorporación de Paula Moreno

domingo, 20 octubre 2019 by Milans del Bosch & ITL

Tras tres años desde su fundación, Milans del Bosch Abogados consolida su crecimiento con la incorporación de un nuevo miembro a su equipo: Paula Moreno Font, una joven abogada especializada en penal y en la práctica jurídica empresarial.

Para nuestro socio director, Santiago Milans del Bosch, la llegada de Paula significa que “el proyecto que motivó la fundación de este despacho
-servir a los demás con el Derecho y con nuestra asesoría y actividad profesional  independiente- no solo ha funcionado sino que crece en casos y clientes que requieren una atención digna y eficaz”.

Asimismo, junto al crecimiento tanto en número de abogados como en personal, lo más valioso para Santiago es “el crecimiento en el conocimiento jurídico y técnico y en valores tales como compromiso, esfuerzo y trabajo en equipo”.

Con esta incorporación, desde su atalaya en el Paseo de la Castellana, Milans del Bosch Abogados vuelve a demostrar su confianza en un equipo en el que se den la mano la experiencia y las nuevas generaciones, siempre con un único fin: defender los derechos e intereses de los clientes y solucionar las controversias desde una actuación ética y honesta, sin miedo a nada ni a nadie.

Por su parte, Paula Moreno considera que formar parte de este equipo es“una gran oportunidad para seguir formándome y crecer tanto profesional como personalmente de la mano de grandes profesionales de la abogacía”.

Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid, entre su formación también destaca un Master especializado en práctica jurídica empresarial en el Centro de Estudios Garrigues. Con respecto al ámbito laboral, su experiencia se suscribe principalmente al ámbito procesal penal y extranjería.

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Davide Rovetta, colaborador del despacho Milans del Bosch Abogados

martes, 01 octubre 2019 by Milans del Bosch & ITL

 

 

 

 

 

 

Davide Rovetta , abogado del despacho belga GRAYSTON@COMPANY, también es colaborador del despacho MILANS DEL BOSCH ABOGADOS en temas relacionados con el Derecho de la Unión (especialmente en todos los aspectos del derecho regulatorio) y con los derechos humanos y su defensa ante las instituciones europeas, ante los tribuales de justicia ordinarios y ante el Tribunal de Derechos Humanos, de Estrasburgo.

Con esta colaboración, MILANS DEL BOSCH ABOGADOS amplia su capacidad de dar respuesta rápida y contundente a las múltiples cuestiones que surgen en el mundo empresarial, no solo en el asesoramiento sino en la defensa de sus intereses ante los tribunales. Con este motivo, nuestro presidente y fundador, Santiago Milans del Bosch, se ha reunido el pasado mes de septiembre con el abogado Rovetta en la sede de G&Co en Bruselas.

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Siempre con las víctimas del terrorismo

lunes, 26 agosto 2019 by Milans del Bosch & ITL

No suelo expresar en este medio valoraciones -legítimas, como todas que se hacen con respeto- de tipo político. Pero esta no lo es, en absoluto. Es una opinión ante un acontecimiento “social” propugnado por diversos dirigentes políticos en los actos habidos, y que se anuncian habrán, de homenaje a los terroristas excarcelados y enaltecimiento de los actos terroristas. Esto no ocurre más que en España.

Es repugnante -aparte de delictivo- que se lleven a cabo estos homenajes en espacios públicos a los terroristas de ETA que están siendo excarcelados, a quienes se reciben con bailes, cohetes y proclamas del valor de “su lucha” por la que fueron condenados por la Justicia, es decir de los asesinatos y graves lesiones físicas y psíquicas de niños, guardias civiles, policías, militares, servidores públicos u honrados empresarios y trabajadores, a los que consideran “víctimas colaterales” de una guerra que solo existió en su mente enferma, que justificó sus bombas y tiros en la nuca, a fin de conseguir sus objetivos; y todos estos homenajes están siendo consentidos por la clase política interesada en el blanqueo de lo que ha sido una conducta delictiva cobarde y atentatoria contra la vida y dignidad humana y contra el orden institucional del Estado al que pretendía doblegar y que, lamentablemente, ha doblegado, constituyéndose -y permitiéndose ello- en las instituciones políticas que gobiernan a la sociedad vasca y navarra.

De las víctimas nadie se acuerda, de su dolor, de su valiente heroicidad y aguante, de su dignidad, y del olvido e ineficacia en la identificación y castigo de los culpables por parte del Estado. Ser víctima del terrorismo no es comparable a nada. Basta con intentar pensar cómo puede llegar a asimilar un ser humano que alguien a quien no conoce de nada y que tampoco tiene nada contra él y con quien jamás en la vida ha cruzado una palabra decide en nombre de la independencia acabar con su vida y destrozar a su familia.

Mi homenaje es a las viudas, a los padres, a los huérfanos, a los familiares y amigos. Siempre con las víctimas del terrorismo.

Texto: Santiago Milans del Bosch

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Código Deontológico de la Abogacía Española

jueves, 22 agosto 2019 by Milans del Bosch & ITL

Por su interés para la abogacía, publicamos en archivo pdf el Código Deontológico de la Abogacía Española aprobado por el Consejo General de la AE el pasado 6 de marzo de 2019, fundamental para ejercer esta noble profesión con sujeción a los principios que han de enmarcar la actividad de asesorar y defender a las personas con el Derecho y la corrección de los comportamientos ínsitos para con el cliente y ante los tribunales.

Para acceder al documento haga click en este enlace

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Delitos de odio

jueves, 16 mayo 2019 by Milans del Bosch & ITL

El pasado 14 de mayo se publicaó la Circular 7/2019 de la Fiscalía General del Estado sobre “pautas para interpretar los delitos de odio tipificados en el art. 510 CP”. Estos delitos fueron introducidos en el Código penal en 2015 y era necesaria esta circular que sirviera para unificar criterios en los integrantes del Ministerio Fiscal, aparte de doctrina, que habrá de acomodarse a las pautas jurisprudenciales del Tribunal Supremo y, por afectar a derechos fundamentales, del Tribunal Constitucional y Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Como dice la Circular, en un entendimiento cabal de los principios de última ratio y de intervención mínima, el Legislador no ha podido pretender una sanción penal para cualquier expresión de lo que, en definitiva, es un sentimiento humano como el odio, pues como señala de forma muy expresiva la STS nº 4/2017, de 18 de enero, “entre el odio que incita a la comisión de delitos, el odio que siembra la semilla del enfrentamiento y que erosiona los valores esenciales de la convivencia y el odio que se identifica con la animadversión o el resentimiento, existen matices que no pueden ser orillados por el juez penal con el argumento de que todo lo que no es acogible en la libertad de expresión resulta intolerable y, por ello, necesariamente delictivo”.

La Circular, luego de analizar la estructura del delito de odio, recoge unas “pautas de interpretación” y unas conclusiones.

Si hace click aquí puede desea acceder a la Circular de la FGE 7/2019

 

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¡Admitido nuestro segundo recurso de amparo!

viernes, 10 mayo 2019 by Milans del Bosch & ITL

En MILANS DEL BOSCH ABOGADOS estamos muy satisfechos. Desde que empezamos la andadura profesional de manera independiente con esta marca, hace tres años, hemos tenido dos encargos para estudiar, interponer y formalizar dos demandas de amparo por vulneración de derechos fundamentales ante el Tribunal Constitucional y ¡los dos han sido admitidos a trámite!, lo que supone un 100% de éxito en esta larga carrera de obstáculos en la que el acceso al TC, es uno de los saltos más altos donde los profesionales de la abogacía nos llevamos más de un chasco en nuestra labor de buscar la justicia para reparar las lesiones a los derechos fundamentales que desde diversas instancias -no solo las judiciales- se llevan a cabo.

En esta ocasión los actos impugnados son diversos Acuerdos adoptados por la Mesa de la Asamblea de Extremadura el pasado verano que apartaron de su oficio a un diputado regional que venía ejerciendo dicho cargo ininterrumpidamente desde 2011 en representación de los ciudadanos extremeños que le eligieron.  Dichos acuerdos no solo le redujeron el sueldo por la vía de denegarle, sin ningún fundamento, el régimen de dedicación exclusiva de todos los demás, que venía teniendo, sino que le privaron de despacho, le dieron un escaño -apartado de los demás diputados regionales- y le limitaron sus actuaciones (iniciativas y debates) al considerarle diputado “no adscrito” desde que decidió darse de baja voluntaria del partido político en cuyo grupo estaba ubicado hasta ese momento.

En la demanda de amparo no solo se argumenta contra lo acordado ilegalmente por la Mesa de la Cámara sino también contra el Reglamento de la Asamblea de Extremadura, aprobado en fecha 19 de marzo de 2015, haciendo referencia a que los amparos parlamentarios -como era el caso-  tienen una particularidad respecto del resto de los recursos de amparo, pues no existe una vía jurisdiccional previa a esta jurisdicción de amparo que posibilite la reparación de los derechos fundamentales que el art. 23 CE reconoce a los representantes políticos, siendo así que, como en este caso, lo que se pone en juego, son elementos nucleares del ius in officium parlamentario, como puede ser la función de control al Gobierno, al limitarse el número de preguntas e interpelaciones, la pertenencia a un órgano de funcionamiento de la Cámara, como es la comisión correspondiente, o incluso el derecho a la asignación económica y la disposición de medios materiales para el ejercicio de sus funciones, recordando que los derechos fundamentales del art. 23 CE encarnan el derecho de participación política en el sistema democrático consagrado por el artículo 1 del mismo texto y que, reflejo como son del estado democrático, se establece entre ellos tan íntima imbricación que puede decirse que son primordialmente los representantes políticos de los ciudadanos quienes dan efectividad a su derecho a participar en los asuntos públicos. Por ello, la privación o perturbación al representante político no solo menoscaba su derecho, sino simultáneamente el derecho de participación por medio de representantes que ostentan todos los ciudadanos.

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Compliance

miércoles, 08 mayo 2019 by Milans del Bosch & ITL

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El US Department of Justice, a través de su Criminal Division, que engloba entre otros a la Fiscalía y al FBI, ha publicado a finales de abril de 2019 la Evaluation of Corporate Compliance Programs (Guía adaptada para la Evaluación de programas de cumplimiento normativo en más empresas y personas jurídicas).

Se puede acceder a la guía a través de este enlace

compliancecriminal divisionEvaluation of Corporate Compliance Programsguía
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Ciclo de Seminarios de actualización jurídica local “Josep Maria Esquerda”

lunes, 29 abril 2019 by Milans del Bosch & ITL

Nuestro socio Santiago Milans del Bosch, director del despacho, ha intervenido el pasado 26 de abril de 2019 en el Ciclo de Seminarios de actualización jurídica local “Josep Maria Esquerda” organizados desde hace 24 años por la Diputació de Barcelona con la colaboración de la Fundación Democracia y Gobierno Local y la Escola d’Administració Pública de Catalunya.

La ponencia impartida por el fundador de MILANS DEL BOSCH ABOGADOS llevaba por título “Doctrina jurisprudencial sobre mociones, interpelaciones, ruegos y preguntas y su relación directa con los derechos de Libertad de expresión y el Acceso a los cargos públicos”, y se hizo referencia, en gran medida, a las “mociones políticas” y su tratamiento por diversas sentencias del TSJ de Cataluña a la luz de las sentencias del Tribunal Constitucional 42/2014, de 25 de marzo de 2014 y 259/2015, de 2 de diciembre de 2015, relativas a resoluciones del Parlamento de Cataluña sobre el llamado “proceso soberanista”.

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In Memoriam de Miguel Bajo

viernes, 05 abril 2019 by Milans del Bosch & ITL

Yo cursaba Derecho en la Universidad Autónoma de Madrid cuando lo conocí. Era mi profesor de Penal.

Entonces la relación era la de un estudiante que veía muy lejos, con admiración, al profesor que lo explicaba todo tan bien.

Y esta forma didáctica de enseñar ha calado a varias promociones de “autónomos”, que luego hemos seguido cada uno el propio camino profesional.

Miguel Bajo es uno de esos profesionales del derecho que nunca se olvida.

Y, como a mí, a muchos que hoy ejercemos el derecho nos marcó de por vida cuando tuvimos la enorme suerte de recibir sus enseñanzas en Cantoblanco y seguir su “Manual de Derecho penal-Parte especial”, que él y su equipo ha ido adaptando a los constantes cambios legislativos  en la materia.

El Profesor Bajo compaginaba la actividad académica con el ejercicio profesional; y esto le daba una riqueza que le permitía unir lo teórico con la práctica, con los casos reales que se presentan en infinidad de modalidades ante los órganos judiciales, los cuales frecuentaba.

Era un “abogado de toga” que sufría el mal endémico de la Administración de Justicia: su lentitud. 

Muchas veces lo decía: la justicia lenta no es eficaz para nadie, ni para la sociedad ni para el justiciable. ¡y cuánta razón tenía!

Recuerdo, como si fuera hoy –y como si fuera referido a la situación actual– lo que decía hace 25 años acerca del mayor mal de la justicia: “el defecto más destacado de la justicia y española es su lentitud, que tantas crispaciones produce en el justiciable” lo que aprovechaba  siempre para destacar que esta nota negativa nada tenía que ver con la dedicación de los jueces y personal funcionario”, a los que siempre trató  de forma exquisita.

Verle por la secretaría (la oficina judicial de ahora) cuando preguntaba por “unas previas” era era garantía de una sonrisa para quien le atendía.

En mi ejercicio profesional de Abogado he tenido la oportunidad de encontrarme con él en numerosas ocasiones: en los juzgados, en los despachos para tratar de buscar soluciones a los problemas de los clientes y, también, en estrados.

Este trato me ha permitido conocer más a la persona que al profesional; y también a los integrantes del despacho de abogados que el Dr. Bajo fundara en su día, especializado en lo que se conoce como “derecho penal económico”, del que ha sido una referencia “top” en el mundo jurídico español, que hoy todo lo aborda.

El despacho hoy continua con la marca “Bajo-Trallero” y está integrado por profesionales, especializados y especialistas en las controversias penales del mundo empresarial, sector que sufre, muchas veces de forma injusta y desproporcionada, las veleidades de complicados procesos penales, muchos ellos conocidos como “macroprocesos”, que tanta inutilidad producían en aras a la eficacia de la Justicia, ahora con el añadido de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, materia sobre la que había escrito un tratado y varios libros y artículos sobre la responsabilidad de las personas colectivas.

El despacho Bajo-Trallero de la madrileña calle Hermosilla es punto de referencia de los abogados penalistas; pero no sólo de éstos, pues en dicho despacho desde hace años, muchos años, vienen teniendo lugar los famosos encuentros de juristas de toda España durante el mes de diciembre de cada año con la deseada por todos “copa por Navidad” que siempre organizaba, que servía de cita obligada para marcar el inicio de las fiestas navideñas y una gran oportunidad para el encuentro de profesores, magistrados, fiscales y compañeros de todas las disciplinas, a las que he tenido el honor de asistir.

Gran abogado, defensor de lo justo, de la paz y armonía social. Caballero, honesto, educado.

Siempre maestro.

Lástima que el pérfido cáncer haya acabado con la vida de Miguel.

Pudo con el cuerpo, pero no con la escuela que ha dejado en miles de juristas y el recuerdo de su permanece sonrisa.

Gracias Miguel por tus enseñanzas, por tu amistad, por tu ciencia, por tu amabilidad y, sobre todo, por esa sonrisa que siempre tenías.

Con el dolor compartido con tu mujer, hijos, amigos y compañeros de despacho, recibe mi cariño y oraciones personales y de todos los integrantes del despacho Milans del Bosch Abogados, que ha recibido el mazazo de la muerte de un maestro.

Descansa en Paz.

Texto: Santiago Milans del Bosch. Columna publicada en Confilegal

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Presencia internacional. «Responsabilité pénale du dirigeant. Regards croisés Espagne/France»

lunes, 25 marzo 2019 by Milans del Bosch & ITL

En la sede del colegio de abogados de Paris, junto a William Feugère y Philippe Legrez, nuestro socio director Santiago Milans del Bosch expuso cómo está regulado en España la prevención y evitación del “delito empresarial” dentro del seminario sobre  «Responsabilité pénale du dirigeant. Regards croisés Espagne/France» organizado por la Commission franco-espagnole du barreau de Paris, para tratar la responsabilidad penal de los directivos empresariales.

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