El pasado 31 de octubre nuestro socio director, Santiago Milans del Bosch,  impartió, como viene siendo habitual en el ISDE, sus clases formativas sobre prevención del blanqueo de capitales dentro del Máster Internacional de Asesoría Fiscal.

Con tal motivo, Santiago Milans del Bosch expuso, al hilo de la importante y reciente sentencia de la Sala 2ª del TS de 24 de octubre de 2019, la importancia de la investigación patrimonial para el castigo del blanqueo de capitales así como de la constatada mecánica delictiva, que parte a menudo de la constitución de sociedades instrumentales, con las que crear instrumentos financieros ficticios para disimular el origen delictivo del dinero.

Nuestro socio director hizo especial hincapié en las medidas de prevención del delito y en las normas éticas que han de guiar toda actividad empresarial y profesional.

Muchas veces nos preguntamos los abogados procesalistas sobre la procedencia de interponer el incidente de nulidad regulado en el art. 241 (que, de antemano se sabe, por la experiencia, va a ser denegatorio) previo al recurso de amparo a fin de que no sea inadmitido por el Tribunal Constitucional y poder así enfrentarnos al nuevo escollo que supone justificar la especial trascendencia constitucional del amparo para que, finalmente, puede resolverse por el alto tribunal el fondo del asunto: la vulneración de un derecho fundamental del interesado recurrente.

Para darnos la correcta respuesta, indagamos la doctrina del TC sobre el carácter subsidiario del mismo en la defensa de los derechos fundamentales.  Pues bien, esta acaba de ser modificada por el Pleno del Tribunal Constitucional en su sentencia  112/2019, de 3 de octubre, que trata como supuestos de excesivo rigor formalista (cuando se inadmite un recuso procesal por razones no imputables a la diligencia de la parte) contrarios a la Constitución la exigencia de la necesidad de interponer incidente de nulidad de actuaciones para agotar la vía judicial previa al recurso de amparo en aquellos casos en los  que la vulneración del derecho fundamental no se imputa a la última resolución judicial.

Artículo en Lawyer Press: “Milans del Bosch Abogados incorpora a Paula Moreno”

Tras tres años desde su fundación, Milans del Bosch Abogados consolida su crecimiento con la incorporación de un nuevo miembro a su equipo: Paula Moreno Font, una joven abogada especializada en penal y en la práctica jurídica empresarial.

Para nuestro socio director, Santiago Milans del Bosch, la llegada de Paula significa que “el proyecto que motivó la fundación de este despacho
-servir a los demás con el Derecho y con nuestra asesoría y actividad profesional independiente- no solo ha funcionado sino que crece en casos y clientes que requieren una atención digna y eficaz”.

En este enlace puede leer el artículo completo

 

 

 

 

Artículo en Los blogs de Justicia: “Milans del Bosch Abogados incorpora a Paula Moreno”

Tras tres años desde su fundación, Milans del Bosch Abogados consolida su crecimiento con la incorporación de un nuevo miembro a su equipo: Paula Moreno Font, una joven abogada especializada en penal y en la práctica jurídica empresarial.

Para nuestro socio director, Santiago Milans del Bosch, la llegada de Paula significa que “el proyecto que motivó la fundación de este despacho
-servir a los demás con el Derecho y con nuestra asesoría y actividad profesional independiente- no solo ha funcionado sino que crece en casos y clientes que requieren una atención digna y eficaz”.

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Artículo en Iberian Lawyer: “Milans del Bosch Abogados hires Paula Moreno”

Moreno Font (pictured) was previously a lawyer at Mazars España. Prior to that she worked for Carrillo & Asociados.

Milans del Bosch Abogados was founded by former Cuatrecasas partner Santiago Milans del Bosch in 2016.

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