Auto de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo que acuerda, en la Pieza de Medidas Cautelares, la adopción de la solicitada por la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM), desestimando la oposición de la Abogacía del Estado y del Ministerio Fiscal, consistente en requerir al Ministerio de Sanidad la adopción de todas las medidas a su alcance para que tenga lugar efectivamente la mejor distribución de los medios de protección de los profesionales Sanitarios.

Enlace para acceder al Auto

Resolución del ministro de Justicia por la que se adapta la prestación del servicio público de justicia al real decreto ley 487/2020 de 10 de abril

Enlace para acceder a la resolución

Artículo del jurista Mariano Ayuso, publicado en el periódico Expansión: «La alarmante Orden ministerial autorizando la ocupación de viviendas privadas»

En esta compleja y confinada Semana Santa de 2020, ha tenido especial impacto en la opinión pública un punto (artículo 4º.3) de la Orden ministerial de 9 de abril de 2020 por el que parece autorizarse la ocupación temporal de viviendas de propiedad privada para alojar colectivos vulnerables, sin previsión de ningún trámite expropiatorio o similar. (más…)

Las presentes preguntas son solo algunas de las que nos vienen formulando los clientes. Se trata de una aportación de conocimiento jurídico que a todos enriquece, sometido, como cualquier cuestión jurídica, a otra mejor analizada y expuesta. Estas preguntas y respuestas no tratan de buscar la solución al caso particular de cada uno pero sí contribuir a encauzar y facilitar la tutela judicial efectiva en esta materia, algo de lo que el propio Consejo General del Poder Judicial se ha hecho eco con la publicación el pasado 7 de abril de 2010 del “Primer documento de trabajo sobre medidas organizativas y procesales para el plan de choque en la administración de justicia tras el estado de alarma” en el que anuncia que “es claramente previsible que las medidas adoptadas para combatir el COVID-19 van a tener repercusión en materia … de responsabilidad patrimonial (también como consecuencia de las medidas), … o en materia tributaria y de ayudas del sector público (como consecuencia de la situación en la que quedarán particulares y empresas), entre otras muchas.”

En esta primera entrega las preguntas se refieren a la responsabilidad patrimonial (administrativa).

Las respuestas, como también muchas preguntas, pueden ser coincidentes o reiterativas. Esto se hace con la finalidad de reforzar las ideas que se quieren transmitir,

1. ¿Son resarcibles los daños sufridos como consecuencia de la crisis del COVID-19 (coronavirus)?

Si, pero no en todos los casos. Este resarcimiento, por otra parte, puede deberse a diversos títulos o razones jurídicas, según esos daños o perjuicios se deriven del funcionamiento normal o anormal de un servicio público, de la actuación requisitoria – expropiatoria que confiere el R.D. que acuerda el estado de alarma, o del deber asistencial exigible al estado social de derecho.

 

2. ¿Dónde está regulado este deber de resarcimiento indemnizatorio en los casos del estado de alarma?

La propia Ley Orgánica 4/1981, que regula los estados de alarma, excepción y sitio prevé en su artículo 3.2 que quienes, como consecuencia de la aplicación de los actos y disposiciones adoptadas durante la vigencia de estos estados, sufran, de forma directa, o en su persona, derechos o bienes, daños o perjuicios que no les sean imputables, tendrán derecho a ser indemnizados “de acuerdo con lo dispuesto en las leyes”. Habrá que estar, por tanto, después de este reconocimiento a lo que digan las leyes, especialmente la legislación estatal sobre expropiación forzosa y responsabilidad patrimonial de los poderes públicos.

 

(más…)

Auto del juzgado de Instrucción nº 3 de Sabadell incoando Diligencias Previas por la “negativa de la administración autonómica catalana a que se instale hospital de campaña con 240 camas”

Enlace para acceder al auto

TOP

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies